Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Presidencia de la Nación. Oficina de Rescate y Acompañamiento.

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Trata de Personas

Oficina de Rescate y Acompañamiento



La función de la Oficina está centrada en la prevención e investigación del delito de trata de personas, a la vez que acompaña y brinda asistencia jurídica a las personas damnificadas hasta el momento de su declaración testimonial. 

Está integrada por un equipo interdisciplinario, conformado por las divisiones específicas de las Fuerzas de Seguridad, profesionales en Psicología, Trabajo Social y Abogacía. 

El equipo profesional interviene conjuntamente con las Fuerzas de Seguridad, desde el momento que se realiza el primer contacto con una víctima, ya sea porque ha sido rescatada o porque ha logrado escapar de sus captores.  

La “Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata” fue creada en el ámbito de la Jefatura de Gabinete del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, a través de la Resolución 2149 (de fecha 06 de agosto de 2008).  

Declaración testimonial y el cuidado de las víctimas

Las víctimas, según lo dispone la ley deben “prestar testimonio en condiciones especiales de protección y cuidado”. Por ello la intervención del equipo de profesionales radica en asegurar que las condiciones en que la víctima preste declaración testimonial dé cumplimiento a lo dispuesto por Ley Nº 26.364 y a la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y su Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía. 

Las víctimas cuentan con asistencia PSICOLÓGICA, MÉDICA Y JURÍDICA gratuitas antes de prestar declaración testimonial y las psicólogas dictaminan si las mismas están en condiciones de declarar y bajo qué forma. Si el estado de la víctima lo requiere, las profesionales intervinientes podrán gestionar que las declaraciones se efectúen a través de la Cámara Gesell. 

Una vez concluída la declaración testimonial, las víctimas deben ser asistidas por los programas especializados de “Asistencia a Víctimas del delito de Trata de Personas”.



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