De conformidad con lo establecido en el artículo 31, inciso 3, apartado j) del Decreto Nº 1558/01 sustituido por el Decreto Nº 1160/10, las constancias de las disposiciones que impongan sanciones administrativas deberán ser incorporadas al REGISTRO DE INFRACTORES LEY 25.326 y aquellas que se encuentren firmes deberán publicarse en el sitio de Internet de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
![]()
Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
(+5411) 5300-4000 | Sarmiento 329 | C 1041 AAG | Ciudad Autónoma de Buenos Aires | Argentina