La Dirección del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, tiene como objetivo principal formalizar una lista de aspirantes a guarda con fines adoptivos, conformada por los diferentes Registros Locales.
La D.N.R.U.A. propone construir una Red de Registros que interconecte los registros de postulantes a adopción. Para ello, propicia la creación de registros donde aún no existan y brinda apoyo técnico, informático y/o profesional, cuando sus autoridades lo soliciten.
La República Argentina adopta la Convención de los Derechos del Niño. Por ello, es prioritario respetar el centro de vida del/la niño, niña o adolescente agotando, en principio, las posibilidades de inserción del/la mismo/a en su lugar de origen.
Cuando esto no fuera posible, el juez deberá recurrir a los listados de otra jurisdicción pero dentro de la misma región y, por último, a los listados de las demás Jurisdicciones Adheridas del resto del país.
El sistema establece que sea el Juez competente quien solicite los legajos de los aspirantes que deberán ser acorde a la necesidad y perfil del/la niño/a o adolescente respetando el Interés Superior del/la mismo/a. De esta forma, se le proporciona a los jueces, magistrados judiciales y funcionarios del Ministerio Público informes sobre los postulantes a guarda con fines adoptivos.
Asimismo, garantiza a los postulantes una inscripción única en la jurisdicción de su domicilio. Esta inscripción única valida la acreditación de la postulación en todas las jurisdicciones adheridas.
La Adopción constituye una institución legal y social cuyo objetivo es garantizar la inclusión e integración del niño/a o adolescente en una organización familiar, acorde a sus necesidades.
El sistema actual de adopciones en Argentina tiene base en la ley N° 24.779, promulgada el 26 de marzo de 1997; y se complementa con la Convención de los Derechos del Niño - ratificada por nuestro país el 4 de diciembre de 1990 y con jerarquía constitucional desde el año 1994, la ley N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de niñas, niños y adolescente - promulgada el 21 de octubre de 2005 y la ley N° 25.854 - promulgada el 6 de enero de 2004 - que crea la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (D.N.R.U.A.).
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